lunes, 2 de julio de 2012

Empleadas y empresarios domésticos

Se agotó el plazo (30 de junio) para convertir el trabajo doméstico -generalmente oculto a la Hacienda pública- en actividad que cotiza al sistema general de la Seguridad Social, lo que obligaba a los contratantes de las empleadas domésticas, las antiguas limpiadoras de casas, a declararse empresarios de unas trabajadoras a tiempo reducido. Al parecer, la medida no ha surtido los efectos deseados por cuanto el número de altas en la Seguridad Social -151.000 modificaciones- no se corresponde con las estimaciones que cifraban en decenas de miles las mujeres que se dedican irregularmente a esta actividad. Y ahí, probablemente, radique el exiguo éxito de la medida.

Porque resulta que la iniciativa desprende un “aroma” exclusivamente recaudatorio, al obligar a las mujeres a tramitar y cotizar por cada domicilio que sirven, y simultáneamente convierte a los hogares en empresas que deben asimismo declarar y abonar la cuota empresarial de la empleada, independientemente del número de horas de sus servicios, encareciendo el mismo. Tanto para una parte como para la otra, el trámite resultaba complicado y lesivo a sus mutuos intereses.

Por parte de las empleadas del hogar, porque una gran mayoría desarrolla esta labor de forma subsidiaria a otras dedicaciones que, en caso de declararse, resultaban incompatibles. Son remuneraciones extras que se obtienen para completar un subsidio, una paga del paro o un sueldo escaso de otro trabajo que, en principio, les impediría legalmente compatibilizarlo. Un número elevado de ellas ha preferido seguir limpiando de forma opaca a Hacienda, a pesar de los beneficios que, según el Gobierno, reportaría normalizar la relación laboral que establecen con cada hogar.

Y por parte de los contratantes, porque resulta excesivo considerarse empresario por solicitar los servicios de una limpiadora dos o tres horas a la semana, con el papeleo y los certificados que ello conlleva, las estipulaciones del contrato y las cotizaciones que han de abonarse a Hacienda. En realidad, más que ocultar al fisco esta actividad, lo que ha impedido su plena implantación es la complejidad burocrática y recaudatoria de la medida, que va en contra de los intereses de ambas partes.

Posiblemente, hubiera sido más consecuente con la realidad arbitrar opciones legales para que, a quien le conviniera, pudiera convertirse en trabajador autónomo que presta servicios de limpieza a domicilio, cuyas cargas (licencias, seguridad social, cotización por módulo, etc.) se repercutirían en precios por hora estipulados.

Tal tratamiento fiscal solventaría las reticencias de muchos hogares que simplemente solicitan un servicio de pocas semanales a una persona a la que no consideran una  empleada, sino una prestataria de los mismos. Ellas, a su vez, podrían así compatibilizar este trabajo con aquellos otros que pudieran realizar paralelamente.

En cualquier caso, es necesario que el empleo doméstico tenga idéntica protección que cualquier trabajo, reconociéndosele los mismos derechos que las leyes otorgan a cualquier trabajador, ya sea por cuenta propia o ajena (pagas extras, vacaciones, bajas por enfermedad, horarios, paro, etc.). Si esa era la finalidad de la iniciativa legal, su reforma para simplificarla es obligada para extender y completar su aplicación. Pero si la finalidad era meramente recaudatoria, me temo que el trabajo doméstico seguirá siendo “negro” a efectos fiscales y sus condiciones no mejorarán.

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