Cuando no sabes a quién votar, cuando ningún candidato merece tu confianza, cuando pretendes expresar el más rotundo rechazo a las opciones en liza por el descontento que generan todas ellas, cuando deseas descartar a los que no gozan de la credibilidad de los ciudadanos, cuando el hartazgo te conduce a exigir un cambio de personas y tendencias, cuando la desafección te la producen los políticos no la política, cuando mantienes el compromiso de participar en democracia porque no eres indiferente ni quieres que te confundan con los apáticos, pero sobre todo cuando no toleras que otros decidan por ti y anhelas mostrar tu repudio por unas caras que sólo representan a ellas mismas, entonces sólo puedes hacer dos cosas: votar nulo o votar en blanco.
Lo que no puedes hacer es abstenerte, porque la abstención
es justo lo contrario de lo que persigues, si lo que pretendes es enviar una
señal inequívoca de “freno”, de reflexión sobre la nulidad de la oferta
electoral. Con la abstención no castigas a los partidos, sino que facilitas el
triunfo de la oferta más votada, a las formaciones mayoritarias, al rebajar el
porcentaje de votos necesarios para la mayoría con menos cantidad de votos. Cuando
los grandes partidos temen un castigo electoral, promueven con campañas de baja
intensidad la abstención del votante. Es lo que está ocurriendo con la actual
campaña al Parlamento Europeo, en la que tanto PP como PSOE, muy desgastados
ante la ciudadanía, prefieren quedarse como están y sólo buscan, dada su
implantación en todas las circunscripciones, los votos que con el Sistema
D´Hondt les reportará la mayoría de escaños.
El voto en blanco es un voto computable y válido. Se vota en
blanco depositando el sobre vacío, sin ninguna papeleta dentro, en la urna. Se
vota con un sobre sin papeleta en aquellas elecciones con listas cerradas
(municipales, parlamentos autonómicos, Congreso de los Diputados y Parlamento
Europeo), o no marcando ninguna candidatura en las papeletas al Senado (lista
abierta). Ningún partido explica ni publicita la opción de votar en blanco
porque se verían concernidos si el elector lo utilizase para manifestar el
rechazo a las candidaturas que se le ofrecen en unas elecciones, ya que las
descarta como no adecuadas ni elegibles. En ese sentido, el voto en blanco
adquiere una significación de severa crítica y claro reproche a los partidos
políticos y al “ticket” electoral que presentan ante los ciudadanos.
Precisamente, ese es el poder –¡y el peligro!- del voto en
blanco: evidenciar la credibilidad que merece a los votantes unas formaciones
políticas que reclaman la confianza de los ciudadanos durante las elecciones por
medio de su voto. No elegirlos, no elegir a ninguno, pero votar a un escaño
vacío como opción mayoritaria, exigiría una profunda reflexión sobre lo que
demandan los ciudadanos y el civismo de su reclamación, profundamente
democrática. Y aunque a los partidos mayoritarios legalmente no les afectaría,
ya que siempre resultaría ganador el que más votos obtuviera, sí generaría una
controversia social acerca de la necesidad de dar respuesta al sentir de la
población y la obligación ética de repetir las elecciones con nuevos
candidatos. No sería la primera vez que una ley tuviera que adecuarse a la
voluntad de la población, como el referendo por la Autonomía en Andalucía,
que legalmente no se ganó al no reunir mayoría en la provincia de Almería. Pero
el clamor popular en toda la región hizo que se modificara la ley para que
Andalucía consiguiera la autonomía por la “vía rápida”.
Los que sí saldrían claramente perjudicados serían los
partidos minoritarios, puesto que, cuántos más votos se escruten, más votos se
necesitarían para alcanzar el porcentaje mínimo necesario para lograr
representatividad (3 por ciento de los votos en elecciones generales, y del 5
por ciento en las locales).
Los únicos votos válidos en unas elecciones son el voto a
candidatura y el voto en blanco, puesto que el voto nulo no es computable para
el escrutinio y sólo se utiliza en las estadísticas de participación (total de
votos emitidos) y, por tanto, no tiene ninguna consecuencia electoral. En todo
caso, se comporta como la abstención: reduce la cifra de votos válidos de la
que se extrae el porcentaje que da la mayoría. Por eso no favorece a ningún
partido político, aunque indirectamente beneficie a las formaciones
mayoritarias.
El sistema electoral está pensado para evitar la
fragmentación política y garantizar la gobernabilidad de España, gracias al
reparto proporcional de escaños por cocientes que establece la
Ley D `Hondt. Este sistema ha favorecido en
la práctica un bipartidismo que se alterna en el Gobierno y ha supuesto un
obstáculo a la representación de las formaciones minoritarias. Ninguna de las modalidades
de voto descritas anteriormente altera en gran medida estos efectos
electorales, pero queda el derecho moral al pataleo y a mostrar aversión por
una democracia tan poco respetuosa con la voluntad popular. Por eso, aunque el
voto en blanco no señala ninguna opción capaz de formar gobierno, al menos
expresa un estado de opinión, caso de ser masivo, que debería ser tenido en
cuenta para dar respuesta política y articular los cambios que reclama la
ciudadanía con un simple sobre vacío.
Y puestos que cada partido se afana por advertir que “lo que
está en juego es el futuro”, que “la unión hace la fuerza” y que “tú mueves
Europa” gracias al “poder de la gente”, bueno será también que se sepa cuáles
son las alternativas que disponemos para conseguir todo ello, atendiendo
principalmente a nuestros deseos, no al interés de unos políticos que causan,
en su gran mayoría, desafección ciudadana.
1 comentario:
Ya reencontrado el blog. El artícul "voto en blanco" merece mayor difusión. Son precisas formas que puedan reflejar la necesidad de un nuevo proceso constituyente. Pero queda trabajo por hacer para que los movimientos anticapitalistas abandonen el infantilismo de una izquierda que reproduce los mismos "tic" que los adiptos al bipartidismo. Muchas gracias.
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