Desde mañana lunes, es obligado en las empresas registrar la
hora de entrada y salida de sus trabajadores. Aunque en muchas ya se hacía este
control del horario laboral, ahora se hará extensivo a todas las empresas, sin
importar su dimensión -pequeña, mediana o gran empresa- ni el volumen de su plantilla.
Sin excepción, y tras un período de dos meses para adaptarse a la nueva norma
aprobada por el Gobierno en marzo pasado, todo el tejido empresarial del país
deberá llevar un registro diario de la jornada de trabajo de cada empleado, en
el que conste la hora de entrada y de salida y, en su caso, el número de horas
extra que realice cada trabajador. Un registro que deberá conservarse durante
cuatro años a disposición de las autoridades y la Inspección del Trabajo,
además del propio trabajador y sus representantes sindicales.
La medida, en sí, no es nueva, ya que la mayoría de las
empresas controlan el horario laboral de sus empleados de una forma u otra. La
novedad radica en la obligatoriedad de mantener un registro con el que
garantizar, ante quien lo requiera, el cumplimiento real de dicho horario,
tanto de la jornada ordinaria como de las horas extraordinarias que se realicen.
De hecho, la intención de la medida, que cuenta con apoyo de los sindicatos y
la oposición de las patronales, es controlar y erradicar los abusos y la
explotación laboral que se cometen con la realización de horas extraordinarias
excesivas o que simplemente no se pagan al trabajador, además de evitar el
fraude en la contratación temporal y a tiempo parcial que encubre puestos
indefinidos no reconocidos.
Sin embargo, aunque la iniciativa pueda parecer afortunada y
necesaria, tal vez no impida que se siga burlando la ley en muchas empresas,
como se hace con la que regula el máximo de horas extra anuales que un
trabajador puede realizar al margen de su jornada laboral. El catálogo de
sanciones no disuade a determinadas empresas del incumplimiento de normas
laborales cada vez que exigen a sus empleados la realización de “voluntarias” horas
extra de forma cuasi obligatoria, a causa de una plantilla escasa más que por
cargas adicionales de trabajo, que bien se compensan con descanso, bien con
dinero negro, o bien ni siquiera se pagan. Y si tal fraude de ley se comete ya,
desde hace años, con la norma que restringe las horas extras, no es difícil
imaginar que las maquinaciones para “ajustar” al reloj oficial el horario al
que se ve obligado el trabajador, si quiere conservar su puesto de trabajo, también
se pondrán en marcha desde el día primero en que se implante la obligación de "picar" en las empresas.
Se trata de un riesgo asumido por la cuantía de las
sanciones y, de modo especial, por las deficiencias de la Inspección de Trabajo,
una plantilla escuálida para el tamaño del parque empresarial español, y cuya supervisión
se emprende, casi siempre, una vez que se denuncia un problema en una empresa, casi
nunca antes de forma preventiva. Por ello, es loable el control del horario
laboral, pero la medida se queda corta para paliar unas condiciones de trabajo
que han asentado la precariedad, en salarios, empleos y derechos de los
trabajadores, en las empresas con la bendición de una Reforma Laboral todavía vigente.
Bienvenido sea “picar” en el tajo, pero que sirva para algo más que para
aumentar la burocracia laboral.
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