El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es la última
instancia jurisdiccional en la que se pueden recurrir todos los procesos
civiles, penales, contenciosos-administrativos y sociales incoados en la Comunidad y en las
ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. En cualquiera de sus Salas repartidas
por Granada, Málaga y Sevilla acaban todos los recursos de apelación que se
interponen contra sentencias dictadas por los juzgados de Andalucía. Se trata
de la máxima expresión del Poder Judicial en esta Comunidad y donde se dirimen
todos los fallos que se recurren en la región.
Es, también, donde colisionan el Poder Ejecutivo y el
Judicial en determinadas cuestiones de sus respectivos ámbitos de influencia,
como normas y decisiones de la
Junta de Andalucía e interpretaciones de la ley que el TSJA dilucida
a través de sus sentencias. Pero en los últimos tiempos parece producirse un
claro enfrentamiento entre ambos poderes en dos materias concretas en las que
se cuestiona iniciativas del Ejecutivo andaluz: la educación pública y la
regulación de los espacios naturales.
El primer aspecto se materializa en las “decenas” de
sentencias del TSJA contrarias a la decisión de la Junta de Andalucía de excluir
de la financiación pública a aquellos colegios concertados que segregan a los
alumnos en función del sexo. La Administración andaluza ya había advertido a esos
centros escolares sobre la necesidad de impartir una educación indiferenciada,
sin discriminación alguna, como condición para renovar los conciertos que dan
lugar a la financiación. Ante la resistencia de algunos centros concertados a dejar
de segregar, la Junta
de Andalucía no renueva los conciertos educativos que mantenía con ellos, lo
que lleva a cada parte a pleitear por sus razones en los juzgados. Esa
competencia de la Junta
de Andalucía no acaba de ser aceptada por el TSJA, que avala el supuesto
derecho de tales colegios a ser financiados con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma.
Ha sido entonces el Tribunal Supremo el que ha venido a reconocer
la potestad de la Junta
de Andalucía de no financiar con dinero público ese modelo de enseñanza
diferenciada, anulando, de paso, todas las resoluciones previas del TSJA que amparaban
ese supuesto derecho a cargo del erario público. Lo chocante, en este asunto,
no era la disparidad entre el TSJA y la Administración
andaluza, sino la obcecación del Poder Judicial de Andalucía en negar
reiteradamente la razón a la
Junta para diseñar el modelo educativo que podrá ser
financiado con recursos públicos. Una obcecación que el Tribunal Supremo denuncia
cuando señala que existe doctrina, uniforme y reiterada, que hace incompatible
la sentencia que se impugna. Sin embargo, el TSJA no admite tal doctrina cuando
sigue manteniendo sus resoluciones contrarias a los criterios de casación
expuestos por el Supremo. Incluso tras el último varapalo, el TSJA vuelve a
admitir otro recurso interpuesto por un centro concertado de educación
diferenciada. ¿Qué pasa en el TSJA?
El segundo aspecto se pone de manifiesto en la diatriba
judicial que desde hace seis años (septiembre 2008) tiene paralizadas las obras
del hotel El Algarrobico, en Almería. En esta ocasión, el TSJA se comporta no con
obcecación sino de manera contradictoria, como si tuviera una personalidad
bipolar. Unas veces, está favor, y otras, en contra. Su comportamiento es todavía
más chocante que el referido a la educación segregada. Se trata de un caso que
lleva acumuladas 22 sentencias judiciales, de las que 20 declaran ilegal la
construcción del hotel por asentarse sobre terrenos no urbanizables, de
especial protección, del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar y porque invade
la línea de servidumbre que protege la
Ley de Costas. Entre las sentencias condenatorias, tres son
del Supremo, cuatro de la Audiencia Nacional
y el resto de diferentes instancias judiciales, incluidos el TSJA y el Juzgado
de lo contencioso-administrativo de Almería.
Sin embargo, tras un cambio de Sala (de la Primera a la Tercera ), las dos últimas resoluciones
del TSJA avalan la legalidad del hotel. Este “cambio” de opinión sorprende
mucho más que su obcecación por la educación segregada al evidenciar criterios contrapuestos. Hay que recordar que
la polémica nace del “despiste” inicial en la planimetría oficial del Parque
Natural que transforma en urbanizable un espacio donde El Algarrobico aparecía
como protegido y no urbanizable, y continúa hasta la última sentencia emitida
hace pocas fechas, en la que se falla a favor de los intereses de la empresa constructora
del hotel.
Este último dictamen del TSJA sólo puede ser recurrido ante el
Tribunal Supremo por las
administraciones públicas, no por ninguna parte particular presentada, como
Greenpeace. La Junta
de Andalucía ya ha anunciado que presentará el correspondiente recurso de
casación para restablecer la legalidad de aquel paraje de especial protección
medioambiental. De nuevo, lo más sorprendente de este embrollo judicial es la
postura “movible” del TSJA, que unas veces le da la razón a una mole de 21
plantas y 411 habitaciones en pleno Parque Natural, y otras se la quita. ¿Qué
pasa en el TSJA que no acaba de unificar doctrina al respecto, a pesar de la
pronunciación del Supremo?
Mientras tantos, las formaciones políticas participan del
despropósito, posicionándose según conveniencia partidista en vez de alinearse
en defensa de la legalidad y del interés público. El PSOE, que inicialmente
concedió la licencia municipal, ha mutado en contra de levantar aquel edificio
y de cualquier modificación del planeamiento de la zona distinta a su
catalogación como no urbanizable. Y el PP, que gobernaba cuando el Ministerio
de Medio Ambiente, del que era titular Jaume Matas (hoy en prisión), no
intervino para impedir el procedimiento en amparo de la Ley de Costas, sigue
favoreciendo al ladrillo. Así, los primeros votan mociones contra el hotel, o
se abstienen, y los segundos se prestan a apoyar su construcción. Unos y otros,
con el TSJA sumándose al despiste, protagonizan un enfrentamiento en el que las
leyes sirven de munición para la confrontación política. Y el “árbitro” que
debe dirimir estos combates judiciales parece ignorar su neutralidad y
objetividad. ¿Qué pasa, en fin, en el TSJA?
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