A pesar de que el 6 de diciembre se celebra el
Día de
Es verdad que es un axioma pensar que cada constitución debe
durar lo que la generación que la aprobó y que ninguna es permanente, como
tuvieron a bien prever en la
Constitución más antigua que se conoce en el mundo, la de
Estados Unidos de 1787, pero de ahí ha tener doce Cartas Magna, como ha tenido
España, en el transcurso de cerca de dos siglos, va un dislate. Y es que España
es exagerada hasta para dotarse de constituciones que rijan la vida de los
españoles: o no tenemos ninguna o tenemos más que nadie. Como los carriles
bici, que en poco más de una década hemos pasado de no disponer de ningún
kilómetro a ser el país que más extensión de vías exclusivas ofrece a los
amantes de la bicicleta. Somos así.
Claro que la primera `Ley de leyes´ que puede ser considerada
como tal no la escribimos los españoles, sino que nos la otorgó un invasor que,
viendo los enfrentamientos que manteníamos para legitimizar la monarquía de
Fernando VII, traspasa el trono a José Bonaparte, hijo del emperador francés
Napoleón, mediante el Estatuto de Bayona,
en 1808. Como describen García de Cortázar y González Vesga en su Breve Historia de España, los “herederos
de la Revolución
francesa obtenían el cetro madrileño y enterraban el Antiguo Régimen sin
disparar un solo tiro ni sublevar a las masas”. Al menos al principio, porque
seguidamente se inicia la
Guerra de la
Independencia que traerá también su Constitución.
Y esa Constitución es elaborada por un gobierno en retirada
y formado por Juntas populares que, establecido en Cádiz, promulga la famosa Constitución de 1812, la primera que
establece la separación de poderes y la libertad de prensa, limitando los
poderes del rey. Estuvo vigente sólo dos años, hasta que Fernando VII regresa
al país y recupera el trono gracias al apoyo de los “cien mil hijos de San
Luis”, derogando la constitución en 1814 e imponiendo nuevamente un régimen
absolutista. A su muerte, y debido a la minoría de edad de quien debía ser su
sucesora, su hija Isabel II, la reina Regente, su esposa María Cristina,
necesitada de apoyos, elabora otra constitución al gusto de moderados
liberales: el Estatuto Real de 1834,
un paso intermedio entre el Antiguo Régimen y el nuevo Estado liberal.
Tampoco duró mucho esta constitución, pues para satisfacer a
aliados progresistas que se alternaban con los moderados en el apoyo a la reina
Regente frente a la revuelta carlista, se decide su modificación, que se
concreta en la Constitución de 1837, la primera que puede
considerarse nacida del consenso en el constitucionalismo español.
Ya en el trono Isabel II, habiendo alcanzado la mayoría de edad,
se disuelven las Cortes y los moderados, que consiguen ser la fuerza
mayoritaria, deciden otra vez reformar la Constitución para que
sea más acorde a sus postulados, aunque respetando los procedimientos de
reforma establecidos en la misma. Se elabora así la Constitución de 1845, la quinta Carta Magna que se
promulga en España en el plazo de cinco décadas.
Ante el furor revolucionario que prende en Europa y se
inicia en Francia, en 1848, en el
contexto de la Revolución Industrial ,
siendo reprimido con una respuesta conservadora que tiende a recuperar el
Antiguo Régimen, los sectores más reaccionarios de España deciden confeccionar
un proyecto constitucional que retrocede a los niveles autoritarios del
Estatuto de 1834, que no prospera: es la Constitución de 1852, elaborada durante la Década Moderada.
La inestabilidad política y el peligro de un conflicto armado hacen que Isabel II vuelva a confiar en gabinetes moderados que elaboran otra constitución más aperturista,
Así, y sin ningún apoyo, la reina Isabel II huye a Francia desde
San Sebastián en 1868, cuando los militares se sublevan en Cádiz y derrotan a
las fuerzas isabelinas. Una vez más, las Juntas ocupan el poder y, con medidas
liberalizadoras, consiguen apaciguar los ánimos “guerracivilistas” y atraerse a
los insatisfechos hasta redactar una nueva Carta
Magna, la de 1869, impregnada de ideología liberal-democrática, que perdura
hasta 1873, cuando el rey Amadeo de Saboya renuncia a la corona.
Entonces se proclama la República , que impulsa un recambio constitucional
en el que se establece la separación Iglesia-Estado y el reconocimiento de un
país federal, con trece estados peninsulares, dos insulares y dos americanos,
dotados de la correspondiente autonomía política, pero conviviendo en el seno
de la nación española. Se trata de la Constitución Federal de 1873 que no llega a ver la luz, ya
que la burguesía se subleva (levantamientos cantonales) y recurre al general
Pavía para disolver –manu militari-
las Cortes.
Derrocada la
República y restaurada la monarquía con Alfonso de Borbón,
hijo de Isabel II, vuelve a redactarse otra constitución que preserva las
conquistas de la burguesía y recoge la idea de soberanía compartida entre la
corona y las Cortes, que otorga al rey todos los poderes, incluido el mando
supremo del ejército. Es la
Constitución de 1876, suspendida tras el golpe de
Estado de Miguel Primo de Rivera, en 1923. Fue, por tanto, una constitución
duradera que permitió un período de paz flexible, que transcurrió en tres
etapas. Una primera, hasta 1885, bajo el reinado de Alfonso XII; la segunda,
bajo la Regencia
de María Cristina, con conflictos y la pérdida de las colonias; y la tercera, con
Alfonso XIII, que culmina con el golpe de Primo de Rivera.
La dictadura de Primo de Rivera redacta también, tras
derogar la de 1876, un proyecto de Constitución
de 1929, llamado Estatuto Fundamental de la Monarquía , con la que
pretendía dar sostén legal a un régimen autoritario y antidemocrático que no
establecía la división de poderes ni reconocía la soberanía nacional. Suponía
volver otra vez a los tiempos casi absolutistas, otorgando amplios poderes al
rey, por lo que apenas levantaba algún entusiasmo. No llegó a entrar en vigor. A
comienzos de l930, el dictador presenta su dimisión al rey y se retira a París,
donde al poco tiempo muere. Le sustituye el general Berenguer, quien cede el
testigo al almirante Aznar, el cual convoca elecciones municipales el 12 de abril de 1931.
El triunfo de los candidatos republicanos aconseja al rey
abandonar el poder y marchar al exilio. El 14 de abril se proclama la
II República y un gobierno provisional
presidido por Niceto Alcalá Zamora, con representación de los partidos
republicanos y el socialista, asume pacíficamente el poder. Nuevamente, se
elabora la Constitución de 1931, que convierte a España en un
Estado republicano, democrático, laico, descentralizado, con Cámara única,
sufragio universal, Tribunal de Garantías e intenta contentar las ansias
soberanistas de Cataluña y País Vasco. Tal vez, un proyecto de convivencia
demasiado avanzado para la época. Asediada por el fascismo y el comunismo, y
víctima de sus propios errores e incapacidades, la República fracasa ante
el levantamiento fraticida del general Francisco Franco, en julio de 1936, que
nos impone otra dictadura, la más cruel y duradera de la Historia.
No hace falta decir que, tras la victoria de los sublevados
en armas, se elaboran las Leyes
Fundamentales del Reino (1938-1977), un conjunto de leyes que dan armazón
legal a la dictadura establecida por Franco y que hacen realidad aquella
consigna del nuevo orden: “Franco manda y España obedece”. Tal era su
autoritarismo criminal que hasta 1948 no suprimió el estado de guerra y nunca
dejaron de actuar los tribunales militares que podían dictar sentencias de
muerte por delitos ideológicos.
Afortunadamente, no hay mal que cien años dure y un día, al
cabo de 40 años, el dictador muere en su cama del Palacio del Pardo y España
recupera la normalidad democrática, tras las elecciones generales de 1977. La
nueva España elabora una nueva Constitución,
la de 1978, que reconoce a los
españoles derechos y libertades, y culmina el “haraquiri” de las Cortes del
anterior régimen franquista que la Ley
para la Reforma Política
promovía. Es la
Constitución que actualmente celebramos y que ha posibilitado un
dilatado período de convivencia pacífica y de progreso, aunque no haya podido
resolver todos los problemas que preocupan a los ciudadanos. En el contexto de
nuestra oscilante historia, es oportuno subrayar y valorar sus bondades a la
luz de los beneficios que nos ha procurado en relación al reconocimiento de la
pluralidad, la diversidad y las libertades, junto a otros derechos. El Día de la Constitución no es un día cualquiera en la Historia de España.
Celebrémoslo, pues.
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